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CONTRATOS
Hay contrato cuando dos o más personas convienen en crear, modificar o extinguir una obligación.
Los contratos se perfeccionan por el simple consentimiento de las partes, excepto cuando la ley establece determinada formalidad como requisito esencial para su validez (artículo 1,517 del Código Civil).
a) Tipos de contratos regulados por la legislación civil guatemalteca
- Mandato: es aquél por el que una persona encomienda a otra la realización de uno o más actos o negocios.
- Sociedad: es aquél por el que dos o más persona convienen en poner en común bienes o servicios para ejercer una actividad económica y dividirse las ganancias.
- Compraventa: es aquél por el cual el vendedor transfiere la propiedad de una cosa y se compromete a entregarla, y el comprador se obliga a pagar el precio en dinero.
- Permuta: es aquél por el que cada uno de los contratantes transmite la propiedad de una cosa a cambio de la propiedad, de otra. Cada permutante es vendedor de la cosa que da y comprador de la que recibe en cambio; y cada una de las cosas es precio de la otra.
- Donación entre vivos: es aquél por el cual una persona transfiere a otra la propiedad de una cosa, a título gratuito.
- Arrendamiento: es aquél por el cual una de las partes se obliga a dar el uso o goce de una cosa por cierto tiempo, a otra que se obliga a pagar por ese uso o goce un precio determinado.- Mutuo: es aquél por el cual una persona entrega a otra dinero u otras cosas fungibles, con el cargo de que se le devuelva igual cantidad de la misma especie y calidad.
- Comodato: es aquél por el cual una persona entrega a otra, gratuitamente, algún bien mueble no fungible o semoviente, para que se sirva de él por cierto tiempo y para cierto fin y después lo devuelva.
- Depósito: es aquél por el cual una persona recibe de otra alguna cosa para su guarda y conservación, con la obligación de devolverla cuando la pida el depositante, o la persona a cuyo favor se hizo o cuando lo ordene el juez.
- De obra o empresa: es aquél por el cual el contratista se compromete a ejecutar y entregar una obra que le encarga otra persona, mediante un precio que ésta se obliga a pagar.
- Servicios Profesionales:
- Fianza: es aquél por el cual una persona se compromete a responder por las obligaciones de otra.
- Renta Vitalicia: es aquél contrato aleatorio por el cual una persona transmite el dominio de determinados bienes a otra que se obliga, en cambio, a pagar periódicamente una pensión durante la vida del rentista.
- Transacción: es aquél por el cual las partes, mediante concesiones recíprocas, deciden de común acuerdo algún punto dudoso o litigioso, evitan el pleito que podría promoverse o terminan el que está principiado.
- Compromiso: es aquél por el cual las partes pactan dirimir cualquier posible controversia que pueda surgir entre ellos ante un tribunal arbitral.