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CONTRATOS MERCANTILES

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c) Contratos Mercantiles

1) Compraventa Mercantil: Es aquel por medio del cual el vendedor transfiere la propiedad de una cosa y se compromete a entregarla, y el comprador se obliga a pagar el precio en dinero.

2) Suministro: Es aquel por medio del cual una parte se obliga mediante un precio, a realizar a favor de la otra, prestaciones periódicas o continuadas de cosas muebles o servicios. (artículo 707 del Código de Comercio)

3) Estimatorio: Es aquel por medio del cual una parte entrega a la otra una o varias cosas muebles para que le pague un precio o bien le devuelva las cosas dentro de un plazo. (artículo 713 del Código de Comercio)

4) Depósito irregular: Es aquel por el cual una persona recibe de otra alguna cosa fungible, conviniendo las partes en que la persona que recibe la cosa pueda disponer de ella, restituyendo otro tanto de la misma especie y calidad. (artículo 714 del Código de Comercio)

5) Depósito en Almacenes Generales: Es aquel por el cual una persona deposita un bien mueble para su guarda y conservación en un Almacén General. (artículo 717 del Código de Comercio)

6) Apertura de Crédito: Es aquel por el cual una persona denominada acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición de otra llamada acreditado, o bien, a contraer obligaciones por cuenta de éste, quien deberá restituir las sumas de que disponga o a proveer las cantidades pagaderas por su cuenta, y a pagar los gastos, comisiones e intereses que resulten a su cargo. (artículo 718 del Código de Comercio)

7) Descuento: Es aquel por medio del cual una persona denominada descontatario transfiere a otra persona denominada descontador un crédito de vencimiento futuro, poniendo el descontador a disposición del descontatario el importe del crédito, previa deducción de una suma fijada de común acuerdo.(artículo 729 del Código de Comercio)

8) Cuenta Corriente: Es aquel en virtud del cual las partes denominadas cuentacorrentistas realizan operaciones de créditos y débitos derivados de sus remesas recíprocas, considerándose, respectivamente, como partidas de abono y cargo en la cuenta de cada parte y sólo el saldo que resulte al cierre de la cuenta constituirá un crédito exigible en los términos del contrato. (artículo 734 del Código de Comercio)

9) Reporto: Es aquel en virtud del cual una persona denominada reportador adquiere por una suma de dinero la propiedad de título de crédito, y se obliga a transferir a otra persona denominada reportado, la propiedad de otros tantos títulos de la misma especie en el plazo convenido, contra reembolso del mismo precio, que podrá ser aumentado o disminuido de la manera convenida. (artículo 744 del Código de Comercio)

10) Cartas Ordenes de Crédito: Es aquel que se formaliza en un documento por medio del cual quien lo expide se dirige a un destinatario, ordenándole la entrega de una suma de dinero a la persona que en el mismo se indica llamada tomador o beneficiario.

11) Crédito Documentario: El aquel por el cual una persona llamada acreditante se obliga, frente a otra persona llamada acreditado, a contraer por cuenta de éste una obligación en beneficio de un tercero y de acuerdo con las condiciones establecidas por el propio acreditado. (artículo 758 del Código de Comercio)

12) Fideicomiso: Es aquel en virtud del cual el fideicomitente transmite ciertos bienes y derechos al fiduciario, afectándolos a fines determinados. (artículo 766 del Código de Comercio)

13) Transporte: Es aquel por el cual una persona llamada porteador o transportista se obliga, por cierto precio, a conducir de un lugar a otro pasajeros o mercaderías ajenas que deberán ser entregadas al consignatario. (artículo 794 del Código de Comercio)

14) Participación: Es aquel en virtud del cual un comerciante que se denomina gestor se obliga a compartir con una o varias personas llamadas participantes, que le aportan bienes o servicios, las utilidades o pérdidas que resulten de una o varias operaciones de su empresa o del giro total de la misma. (artículo 861 del Código de Comercio)

15) Hospedaje: Es aquel por el cual una persona se obliga a dar albergue a otra mediante la retribución convenida, comprendiéndose o no la alimentación. (artículo 866 del Código de Comercio)

16) Seguro: Es aquel en virtud del cual el asegurador se obliga a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al realizarse la eventualidad prevista en el contrato, y el asegurado o tomador del seguro, se obliga a pagar la prima correspondiente. (artículo 874 del Código de Comercio)

17) Reaseguro: Es aquel por el cual el asegurador traslada a otro asegurador o reasegurador, parte o la totalidad de su propio riesgo. (artículo 1020 del Código de Comercio)

18) Fianza: Es aquel en virtud del cual una afianzadora se compromete a responder por las obligaciones de una persona que requiere sus servicios.

19) Reafianzamiento: Es aquel por el cual una afianzadora se obliga a pagar a otra, en la proporción que se estipule, las cantidades que ésta debe cubrir al beneficiario de una fianza. (artículo 1033 del Código de Comercio)

d) Comerciante

Es toda aquella persona capaz que ejercita cualquiera de las actividades reguladas por el artículo 2 del Código de Comercio en nombre propio, por profesión, con finalidad de lucro y mediante una organización adecuada.

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